El convenio de colaboración tiene como finalidad otorgar servicios de mediación y arbitraje gratuito para aquellas personas naturales y/o jurídicas que tengan un conflicto civil y/o comercial que cumplan con los requisitos del programa.
El acuerdo se circunscribe al convencimiento al que llegaron ambas instituciones respecto a la problemática que existe respecto al acceso a mecanismos adecuados de resolución de conflictos en el ámbito civil y comercial, particularmente tratándose de mediación y arbitraje para personas naturales y jurídicas, dado el costo que ello conlleva.
El programa otorgado por el CAM Santiago y la Fundación Pro Bono, consta de 12 mediaciones y 12 arbitrajes anuales, que se ofrecerán de forma gratuita a usuarios de la Fundación previamente seleccionados por ella, a fin de otorgar ambos mecanismos de manera secuencial.
Al respecto, Manuel José Vial, presidente del CAM Santiago destacó que “este acuerdo permite a las personas a tener acceso a la buena justicia y adecuada defensa. Se tiende a pensar que los conflictos comerciales o civiles son de altas cuantías, lo cual no es así. Hay muchos conflictos que son de cuantías acotadas y que ante la actual situación económica que vive nuestro país, no tienen ningún acceso a la resolución y, por lo tanto, este convenio viene a dar una solución para los beneficiarios“.
Por su parte, Macarena Ravinet, la presidenta de la Fundación Pro Bono señaló “este acuerdo nos da la posibilidad de ampliar nuestro trabajo más allá de las asesorías en litigios entregando la oportunidad de ofrecer a las personas más vulnerables formas alternativas de resolución de conflictos como lo son la mediación y el arbitraje”.
Las mediaciones serán llevadas a cabo por las abogadas mediadoras de la Unidad de Mediación del CAM Santiago, sin perjuicio de que mediadores de la nómina del CAM Santiago quieran sumarse a esta labor, y los arbitrajes, por miembros de la nómina de Árbitros Jóvenes del CAM Santiago.
Los requisitos para acceder a este programa son:
1-Que se trate de una relación contractual en que esté pactada una cláusula de arbitraje, de manera tal que la mediación previa se desarrolle de forma voluntaria por acuerdo de las partes; o bien se encuentre pactada la mediación y el arbitraje a través de una cláusula del contrato respectivo.
2-En caso de no existir una cláusula de arbitraje, ni pactada la mediación, debe existir interés y acuerdo entre las partes, en optar por una solución alternativa del conflicto.
3-Que la solicitud sea presentada por una persona natural o jurídica que no cuente con los recursos económicos para costear la mediación y el arbitraje, lo que será determinado por la Fundación.
El Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Santiago, CAM Santiago es una institución sin fines de lucro, fundada en el año 1992, que ofrece los servicios de arbitraje nacional e internacional, mediación y Dispute boards para la resolución de controversias.
La Fundación Pro Bono es una organización sin fines de lucro, que desde el año 2000 promueve y facilita el acceso igualitario a la justicia en favor de personas y grupos vulnerables y de organizaciones sociales. Para ello fomenta y articula el trabajo voluntario y gratuito de estudios jurídicos, departamentos legales de grandes empresas y abogados/as individuales a través de tres líneas de acción: asesoría jurídica, educación legal y propuesta de políticas públicas.
Revisa en los siguientes enlaces la cobertura de la CCS, de IdeaLex, de EstadoDiario y de la Fundación Pro Bono.
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